SAN LUIS DE LA PAZ, Gto.- (OEM-Informex).- En juicio oral, un agresor sexual ha sido sentenciado a 12 años con 9 meses de cárcel. En los alegatos de clausura, la Fiscalía General del Estado demostró que los hechos afirmados en sus escritos iniciales, han quedado claramente probados.
La decisión del juez respecto al caso presentado, derivó en un veredicto de pena de prisión de 10 años por el delito de violación y 2 años con 9 meses por el delito de robo calificado, para Pablo “N”.
La historia de este caso que impactó a los habitantes de un fraccionamiento se reportó el 03 de mayo de 2017.
Aproximadamente a las 23:00 horas, el imputado llegó a un inmueble como bodega de dos cuartos, el cual vigilaron de manera previa, como objetivo para robar.
Justo en el momento que la víctima llegó al lugar y en el momento en que intentaba abrir el portón, el imputado la interceptó con el pretexto de que buscaban a una persona y le mostró una fotografía, para distraerla.
En un acto posterior, Pablo “N” la amagó con un arma de fuego y se introdujo al domicilio.
Al estar al interior y con la mujer sometida, el imputado revisó cuarto por cuarto, preguntando quien más habitaba el lugar. La víctima fue atada de las manos y boca con una bufanda, mientras le quitaba el celular y dinero en efectivo.
No conforme, el agresivo sujeto sacó a la víctima y la llevó contra su voluntad hasta un terreno baldío, en donde la violentó sexualmente y la agredió a golpes con la pistola que portaba.
Al inicio de las investigaciones por estos hechos, la agente del Ministerio Público de la Unidad de Atención Integral a la Mujer, con el apoyo de agentes de investigación, peritos y analistas de información criminal, lograron identificar al sujeto presunto responsable de los delitos de violación y robo calificado.
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Al final de las indagatorias, y al ser llevado a audiencia de juicio oral, Pablo “N” fue encontrado culpable de ambos delitos e impuesto de una pena de prisión de 10 años por el delito de violación y de 2 años con 9 meses por el delito de robo calificado.
El hoy sentenciado no tiene derecho a ningún beneficio sustitutivo de la pena y deberá reparar el daño, además de pagar la multa a que se hizo acreedor por su conducta criminal.