/ lunes 18 de junio de 2018

Si votas por Margarita Zavala en la boleta electoral, tu voto será nulo

El Tribunal Electoral determinó la medida tras discutir la diferencia entre voto nulo y voto a candidato no registrado

El Tribunal Electoral determinó que los votos a favor de Margarita Zavala serán contabilizados como votos nulos, lo cual impacta en el conteo de los sufragios a la presidencia de la República, ya que en caso de que existan muchos sufragios de este tipo podría haber recuentos de casillas.

La sentencia estuvo a cargo de la magistrada presidente Janine Otálora Malassis, quien propuso declarar como en blanco el recuadro destinado a Margarita Zavala, lo cual implicaría que si alguien cruzara ese recuadro quedaría como nulo, mientras que si se cruza ese recuadro y de candidato con registro, el sufragio sería para este último.

“Este recuadro no tiene existencia jurídica, por ende quien lo mande está marcado un voto nulo, no puede ser un candidato no registrado, ya que para ello se requiere la voluntad del ciudadano de escribir el nombre, aunque sea ficticio, de esa candidato no registrado”, explicó Otálora Malassis.

Esta decisión impacta directamente al conteo de votos del 1 de julio, ya que la ley establece una diferencia entre voto nulo y voto a candidato no registrado. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que en caso de que en una casilla los votos nulos sean más que la diferencia entre primer y segundo lugar, habrá recuento en automático.

Originalmente, el INE había dictado el criterio de que los votos a Zavala se considerarían como votos a candidato no registrado y no nulo, lo cual fue impugnado por el Partido Acción Nacional bajo el argumento de que esto viola la ley electoral.

El Tribunal Electoral determinó que los votos a favor de Margarita Zavala serán contabilizados como votos nulos, lo cual impacta en el conteo de los sufragios a la presidencia de la República, ya que en caso de que existan muchos sufragios de este tipo podría haber recuentos de casillas.

La sentencia estuvo a cargo de la magistrada presidente Janine Otálora Malassis, quien propuso declarar como en blanco el recuadro destinado a Margarita Zavala, lo cual implicaría que si alguien cruzara ese recuadro quedaría como nulo, mientras que si se cruza ese recuadro y de candidato con registro, el sufragio sería para este último.

“Este recuadro no tiene existencia jurídica, por ende quien lo mande está marcado un voto nulo, no puede ser un candidato no registrado, ya que para ello se requiere la voluntad del ciudadano de escribir el nombre, aunque sea ficticio, de esa candidato no registrado”, explicó Otálora Malassis.

Esta decisión impacta directamente al conteo de votos del 1 de julio, ya que la ley establece una diferencia entre voto nulo y voto a candidato no registrado. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que en caso de que en una casilla los votos nulos sean más que la diferencia entre primer y segundo lugar, habrá recuento en automático.

Originalmente, el INE había dictado el criterio de que los votos a Zavala se considerarían como votos a candidato no registrado y no nulo, lo cual fue impugnado por el Partido Acción Nacional bajo el argumento de que esto viola la ley electoral.

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