CELAYA, Gto. (OEM-Informex).- De un total de 3 millones 258 mil 222 contribuyentes, al 31 de enero de 2022, 1 millón 136 mil 298 presentaron el aviso correspondiente para permanecer en el RIF. Adicionalmente, 313 mil 921 contribuyentes migraron de manera automática al Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas, en virtud de cumplir con todos los requisitos; por su parte, 1 millón 808 mil 003 contribuyentes que no cumplían con los requisitos migraron al Régimen de Actividad Empresarial y Profesional
En respuesta a ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo extenso su agradecimiento a los contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y atendieron la fecha límite para presentar su aviso para continuar en dicho régimen hasta el término de sus derechos adquiridos, así como a aquellos que decidieron cambiar al nuevo Régimen Simplificado de Confianza.
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“Es importante resaltar que los contribuyentes que hayan optado por continuar en el RIF pueden presentar su aviso de actualización para migrar al Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas a través del Portal del SAT o en el mini sitio oficial, en cualquier momento del año” expuso el SAT por medio de un comunicado.
Desglosó que las personas físicas que presentaron aviso para permanecer en el RIF, fueron un millón 136 mil 298 contribuyentes, que representa el 34.9 %; migraron en automático al nuevo régimen 313 mil, 921 contribuyentes, que equivale al 9.6 %; y migraron a otros regímenes un millón 808 mil 3, que es el 55.5 %, que hace un total de 3 millones 258 mil 222 contribuyentes.
Explicaron que el mayor límite de ingresos permitidos fue de 3.5 millones de pesos anuales, respecto al RIF; las declaraciones pre llenadas con pago ágil, es decir, se genera de manera automática una línea de captura para pagar en ventanillas o a través de la banca en línea.
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También, el contribuyente está revelado de presentar declaraciones informativas y contabilidad electrónica; pagará mensualmente el monto del impuesto, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago.
Cabe señalar que durante el ejercicio 2022 el contribuyente tiene la opción de presentar únicamente la declaración anual que calcule y pagar el impuesto de todo el ejercicio, es decir, no realizarás pagos provisionales de ISR y solamente presentar la declaración anual del ejercicio 2022 en el mes de abril de 2023.