CELAYA,Gto.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a quienes están por iniciar su vida laboral o acaban de hacerlo, a que realicen su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de forma presencial en las oficinas y Módulos de Servicios Tributarios.
➡️ Suscríbete a nuestra edición digital
Explicaron que esta clave única permite a los contribuyentes identificarse como personas físicas con actividad económica y cumplir con sus obligaciones fiscales, además de ser un requisito en diversos trámites.
Por medio de un comunicado, invitan que para inscribirse en el RFC, es necesario solicitar una cita en citas.sat.gob.mx y, para agilizar su trámite, pueden realizar una preinscripción en línea en: https://www.sat.gob.mx/tramites/operacion/82714/realiza-tu-inscripcion-en-el-rfc-persona-fisica, para lo que se requiere tener CURP vigente.
Comentaron que el trámite es gratuito y los requisitos son acta de nacimiento (copia certificada), CURP, identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cédula profesional, entre otras), comprobante de domicilio (recibo de servicios de luz, gas, TV de paga, entre otros).
Además, la persona interesada debe contar con correo electrónico y USB, solo si en ese momento tramitan la e.firma.
Informaron que aquellas personas que quieran conocer más información respecto de los requisitos que se deben cumplir, pueden consultar el Portal del SAT en sat.gob.mx / Trámites del RFC / Realiza tu inscripción en el RFC persona física, o bien, la ficha 39/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
15 de mayo es la fecha límite para presentar el dictamen de estados financieros.
Por otro lado, el SAT informa que las personas morales y físicas con actividad empresarial deben presentar el dictamen de estados financieros del ejercicio 2023 a más tardar el 15 de mayo de 2024.
Dicho documento es un informe que realiza un contador público autorizado, donde emite su opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente.
Te puede interesar: Buena respuesta de la ciudadanía al pagar el impuesto predial
“Esta obligación fiscal aplica para las personas morales que, en el ejercicio inmediato anterior, hayan acumulado ingresos iguales o superiores a mil 855 millones 919 mil 380 pesos para el impuesto sobre la renta o tengan acciones colocadas en la bolsa de valores”, detallaron en un comunicado.
Agregaron que las personas físicas con actividad empresarial y personas morales tienen la opción de presentarlo, si sus ingresos acumulables superan 157 millones 785 mil 270 pesos; el valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos y por lo menos 300 de sus trabajadores le prestaron servicios en cada mes del ejercicio declarado.
Advirtieron que los contribuyentes obligados que no presenten este documento, o lo hagan fuera del plazo, pueden ser acreedores a sanciones que van de 17 mil 330 pesos a 173 mil 230 pesos.
Asimismo, y para concluir, informaron que se les puede restringir el uso del Certificado del Sello Digital necesario para emitir comprobantes fiscales, y en caso de no solventar el incumplimiento, puede derivar en la eventual cancelación definitiva, entre otras penalizaciones que establecen las disposiciones fiscales.