IRAPUATO, Gto. (OEM-Informex).- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, con sede en Guanajuato, determinó revocar la suspensión provisional que concedió el Juzgado Noveno de Distrito, con la cual se frenaba la adhesión de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Durante la discusión llevada a cabo por los magistrados que conforman el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, se determinó que Ángel Castro Gómez, el activista que interpuso el amparo para frenar el pase de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional no tenía interés jurídico o legítimo para solicitar que esta reforma federal fuera suspendida.
“No se puede presumir válido y objetivamente que el decreto que ordena el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena le genere al quejoso un agravio diferenciado, esto es, distinto al que pudiera resentir el resto de la sociedad”, sostuvo el magistrado Gerardo Mendoza Gutiérrez.
Durante la exposición de los motivos para determinar la suspensión de los alcances de ese amparo, también quedó asentado que Ángel Castro Gómez tenía que probar algún daño de difícil reparación, directo y personal, incluso aunque fuera de manera indiciaria, que pudiera sufrir si la Guardia Nacional era traspasada a la Secretaría de la Defensa Nacional.
Además, el magistrado Gerardo Mendoza Gutiérrez explicó que si proseguía la suspensión que promovía el amparo de Ángel Castro Gómez, podría haber una afectación al orden público, lo cual afectaría en las labores de las autoridades para el combate a la delincuencia.
Una vez expuesta esta situación, la magistrada Renata Suárez Téllez y el magistrado Arturo Hernández Torres también votaron a favor de la revocar la suspensión provisional promovida por el amparo interpuesto por Ángel Castro Gómez, por lo que ha quedado sin efectos a partir del 19 de octubre.
Contra la militarización
El pasado 13 de octubre, un grupo de activistas anunció que habían obtenido un amparo que suspendía de manera provisional la adhesión de la Guardia Nacional hacia la Secretaría de la Defensa Nacional.
En entrevista con Organización Editorial Mexicana, Joan Ochoa Sada, uno de los promovientes de este amparo, explicó que en todo el país fueron interpuestos 53 recursos legales contra el decreto por el que incorporan a la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional, de los cuales el primero que fue radicado en Irapuato y la Jueza Novena de Distrito, Karla Macías, les otorgó la suspensión del decreto.
"Estamos en contra de que se legalice la seguridad pública de manera militar, una cosa es que se pida un auxilio y otra cosa es que de manera legal ya puedan hacer esta tarea sin que haya un órgano fiscalizador al respecto", dijo en aquélla ocasión Joan Ochoa Sada.
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En dicho amparo también había quedado asentado que si no se cumplía con la suspensión ordenada, se impondría una multa equivalente a cien unidades de medida, que sería unos nueve mil 622 pesos, además de una pena de tres a nueve años de prisión, además de otra sanción de 50 a 500 días de destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos al servidor público que no obedeciera el auto de suspensión debidamente notificado, tal como establece el artículo 262 de la Ley de Amparo.
Ante esto, la Fiscalía General de la República impugnó la decisión de la suspensión provisional concedida por la Jueza Novena de Distrito y ahora dicha suspensión fue revocada por un tribunal federal con sede en Guanajuato.