GUANAJUATO, Gto., (OEM-Informex).- Los dueños de casas de empeño, chatarreras y quienes comercialicen, manejen o dispongan de metales para reciclaje en el estado de Guanajuato que no declaren el total de sus ingresos o lo hagan de manera parcial, recibirán multas en 2020 que van del 55 al 75 por ciento por incurrir en omisiones.
Esto de acuerdo a la aprobación que hizo el Congreso Local en su última sesión ordinaria de las Leyes que Regulan las Bases del Permiso para el Establecimiento de las Casas de Empeño en el Estado de Guanajuato y sus Municipios y la de los Establecimientos dedicados a la Compraventa o adquisición de vehículos automotores en desuso y sus autopartes, así como a quienes comercialicen, manejen o dispongan de metales para reciclaje en la entidad.
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Las multas del 55 al 75 por ciento por omisiones a pagar impuestos total o parcialmente, serán aplicadas a los contribuyentes, de acuerdo al dictamen aprobado para actualizar el Código Fiscal del Estado, y en el artículo 110 menciona el punto relacionado con la comisión de una o más infracciones que serán aplicadas en 2020.
De manera textual refiere: “Cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones incluyendo las retenidas o recaudadas y sea descubierta por las autoridades fiscales mediante el ejercicio de sus facultades, se aplicará una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas”.
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Otra sanción refiere “si el infractor paga las contribuciones omitidas junto con sus accesorios, después de que se notifique el acta final de la visita domiciliaria o el oficio de observaciones, según sea el caso, pero antes de la notificación de la observación que determine el monto de las contribuciones omitidas y la sanción que corresponda, pagará una multa del 30 por ciento de las contribuciones omitidas”.