CELAYA, Gto. (OEM-Informex).- La familia Hernández Gallego no tiene que pagar ni un peso al municipio para recuperar los terrenos del Parque Lineal, con una superficie superior a los 162 mil metros cuadrados, informó Rubén Ayala Chaurand, representante legal de la familia, en respuesta a lo declarado por la presidente municipal Elvira Paniagua Rodríguez.
Además, Ayala manifestó, a través de una carta dirigida a la opinión pública, que es falso que los particulares pretendan apropiarse de vialidades y obras ejecutadas fuera del parque lineal, pues conforme a las actuaciones de juicio, con motivo del incumplimiento imputable al municipio, éstos han solicitado al Juez de la causa, entre otras, la reversión del inmueble donado (Parque Lineal) y en consecuencia es falso que los particulares deban pagar o indemnizar al municipio cantidad alguna por la reversión de dicho inmueble.
Lo anterior se da después de que la alcaldesa aceptara que el Gobierno Municipal podría perder el Parque Bicentenario o Parque Lineal por incumplimiento de contrato para la donación de los predios, ante esto, Elvira Paniagua Rodríguez, aseveró que, si el municipio debe regresar los predios que reclaman los particulares, éstos tendrían que devolver los más de 200 millones de pesos que los gobiernos han invertido en infraestructura.
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En una carta dirigida a la opinión pública con el título "La verdad jurídica sobre el Parque Lineal”, el abogado explica que conforme a las constancias del Expediente número C339/2010 que se siguió ante el Juzgado Cuarto Civil de Partido de esta Ciudad, se encuentra acreditado el incumplimiento del municipio al Convenio Judicial celebrado entre las partes del juicio.
También detalla los hechos, desde la celebración del contrato, el 29 de marzo de 2005, durante la administración de José Rivera Carranza, al que se le denominó “contrato de donación sujeto a término y condición”, que se celebró entre Jaime Hernández Gallego, en representación de la familia y como representantes del municipio el entonces presidente municipal, y los entonces secretario de Ayuntamiento José Alfredo Ramírez Valenzuela y síndico Juan Carlos Guillén Hernández.
Ante el incumplimiento en la ejecución de las obras a que se obligó el Municipio de Celaya, tanto en el plazo previsto como en los proyectos a realizar, los señores Hernández Gallego demandaron a través de sus apoderados legales entre otras prestaciones, la reversión del inmueble, así como el cumplimiento y ejecución de diferentes obras de infraestructura.
Al respecto, el 25 de enero de 2021, el Juez pronunció sentencia definitiva a favor de la familia Hernández Gallego, resolución por la cual se condenó al municipio al cumplimiento del contrato. Lo cual se traduce en la devolución a sus dueños originales del hoy denominado Parque Lineal, más la ejecución de todas las obras de infraestructura a que se obligó y el pago de pagos y costas del juicio.
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Para cumplir con la sentencia, el 13 de septiembre de 2013 se celebró un convenio judicial, que sirvió para permitir al municipio continuar ocupando parque a cambio de que ejecutara las obras de infraestructura a que se resultó condenado en juicio.
Para el 15 de septiembre de 2015, se celebró un primer convenio modificatorio para ampliar los plazos y modificar obligaciones que permitieran al Municipio cumplir con el convenio judicial; sin embargo, el 25 de mayo de 2017, tuvo que firmarse un segundo convenio, nuevamente para dar prórroga a la administración municipal.
El representante legal manifestó que, no obstante las prórrogas concedidas al municipio por los propietarios, el municipio permaneció en el incumplimiento de sus obligaciones, razón por la cual los propietarios pidieron al juez que en ejecución de la sentencia dictada, les fuera entregada la posesión física y material del parque lineal.
A decir de Ayala Chaurand, el municipio se opuso a la entrega del Parque, argumentando que la donación se encontraba consignada en escritura pública y que con independencia de su incumplimiento, dicha escritura debía prevalecer aún sobre el convenio judicial.
Por lo anterior, los propietarios promovieron un juicio de amparo, mismo que se ventiló ante el Juzgado de Distrito, con sede en esta ciudad; en el que se ordenó al Juez de Partido analizar el convenio de transacción judicial del 13 de septiembre de 2013, determinando que aquel tiene carácter de sentencia ejecutoriada y por ende debe cumplirse; analizar las pruebas de juicio (incluida la inspección judicial), para determinar si se cumplió con el mismo y en caso de existir incumplimiento, proceder a poner a los particulares en posesión del inmueble (Parque Lineal).
En contra de la resolución dictada por el Juez Federal, el Municipio agotó el recurso de revisión que se tramitó ante el Tribunal Colegiado del Decimosexto Circuito, mismo que por sentencia publicada el pasado 1 de septiembre de este 2021, confirmó el amparo concedido a los propietarios en los términos apuntados en el párrafo anterior.
Con todo lo anterior, quedó acreditado el incumplimiento del Municipio.
Destacó el representante legal de la familia Hernández Gallego que, desde 2013, el Municipio no ha ejecutado obra alguna al interior del parque lineal; de ahí que resulte improcedente la pretensión del municipio para cobrar a los particulares la liquidación de cantidad alguna.
Finalizó diciendo que el Municipio se encuentra condenado, no solo a la restitución del Parque Lineal, sino además deberá pagar y/o ejecutar todas las obras a que se obligó en los convenios referidos, así como a la construcción de dos pozos profundos y un cárcamo; además de los gastos y costas por la ejecución del convenio judicial.