El Derecho y la realidad social
Algunos de mis estimados lectores, me han dicho que trate el tema del Derecho, y no tengo inconveniente, aunque si aclaro que, existen varias conceptualizaciones y por ello, al final puede resultar un tema complejo de definir. Sin embargo, siempre es preferible lograr una explicación clara y sencilla.
Así pues, el Derecho se puede apreciar desde varios ángulos: Una expectativa, obligación, prerrogativa, facultad, potestad, conjunto de normas legales, doctrina, principios generales, y ciencia. En ésta última, requiere de conocimiento sistemático, análisis e investigación, en suma, de un método científico.
Desde luego, se entiende que al ser el Derecho, parte de las ciencias sociales y que está dirigido a normar la convivencia social, incluso, del entorno natural, va también, por decir, en “movimiento”, no es estática. Esa condición obliga a que el Derecho en cualquiera de sus ramas, impacta el Desarrollo Humano en todas sus gamas.
Conviene también, considerar que la apreciación común del Derecho, tiene una fuerte inclinación a la influencia cultural y social de los individuos de una determinada sociedad, o de algún segmento de ésta, es decir, se puede ver afectado de subjetividad. Por eso, hay épocas y tendencias que van, históricamente, influenciado el derrotero del Derecho. Aunque, la subjetividad también presenta otros problemas, no tanto científicos, sino en la vida cotidiana, por ello existen los Tribunales para resolver los litigios, y además hay la alternativa de la mediación y la conciliación.
Un conflicto que viene arrastrando el Poder Judicial –ya federal o local- es precisamente, en la administración de justicia. Hoy se acusa de mala práctica judicial, de corrupción, de favoritismos a las élites, en fin de situaciones que complican el resultado del servicio judicial. Y sin meterme en detalles o denuncias, algo de ello es verdad. Y en eso creo que debemos concordar en una reforma de fondo, desde luego, apegada a Derecho, bajo indagación auténtica y clara, incluso, si el Presidente o los que estén por ley obligados, deben denunciar hechos y actos que vengan lesionando esa administración de justicia, pero de ninguna manera cacarear sin ton ni son y en general, pues hay al igual personas humanas como operadores judiciales que actúan con ética, con conocimiento y profesionalismo. Es decir, no se debe tasar con regla rasa.
Otra reforma pendiente o como deuda histórica, es la Ley de Amparo, que no facilita, como debería e incluso hay un Tratado Internacional que así lo señala, en el sentido de que los justiciables deben tener un recurso, una herramienta legal, que sea eficaz y expedita. La Ley sigue siendo demasiado técnica y casi de iniciados, lo que, en lugar de dar oportunidad, cierra la puerta. Y en ese sentido es contradictoria del Principio de Progresividad, que obliga precisamente la Constitución Federal en el Estatuto de los Derechos Humanos, es decir, aplicar la ley, su interpretación en lo que más favorezca al justiciable.
LA CONDICIÓN SINE QUA NON: Es cierto que el Derecho, al igual debe ir en progreso, no en retroceso, adaptándose a la realidad social, y brindar protección y equilibrio en el Contrato Social, como fin culminante. Pero, al igual debe ser bajo los principios de transparencia, información al Pueblo, de manera que se entienda, y muy importante con participación cívica, bajo los mecanismos que la propia constitución marca. Y por supuesto, que todas las autoridades por fin respeten, protejan, garanticen y difundan los Derechos Humanos. Cuídense.